Tres personas fueron detenidas el mes
pasado en Santander, acusadas de montar una plantación de marihuana en
un garaje situado en la Bajada de Polio. Los detenidos tenían allí 51
plantas y los útiles necesarios para su cultivo. Se declararon
corresponsables de la plantación, y en su descargo alegaron que la
cosecha no estaba destinada a la venta sino a su propio consumo.
Penalización del cultivo
Las detenciones por cultivo de marihuana, por lo general
con incautación de menor número de plantas que en el caso anterior, no
son infrecuentes en Cantabria. Las denuncias se producen por vulneración
del Art. 368 del Código Penal. Este artículo tipifica como delito el
cultivo, pero sólo cuando la producción está destinada a la venta.
Cuando la producción tiene como destino el consumo propio no se lesiona
el bien jurídico que la ley pretende proteger, la salud pública, por lo
que no es punible.
De ahí que en la mayoría de los casos los acusados acaben absueltos.
Para que el proceso se resuelva con una condena, el juez deberá
considerar probado que el propósito del cultivador es poner en venta la
producción.
Para ello tendrá en cuenta diversos elementos: si el acusado
es consumidor habitual, si el número de plantas excede lo que esa
persona puede consumir, la presencia de balanzas de precisión o envases
herméticos para su distribución, el tren de vida y nivel de ingresos del
acusado, etc. En cuanto a la cantidad incautada, no existe en la
actualidad un número de plantas establecido como no punible, lo que
coloca a los cultivadores en una situación de inseguridad jurídica. Ese
límite sí está fijado, sin embargo, en el caso del tabaco, permitiéndose
el cultivo de 25 plantas por persona y año.
Cultivo doméstico
El cultivo doméstico puede verse frustrado por la
intervención policial, pero es la alternativa que tienen los
consumidores para no alimentar el negocio del tráfico y evitar consumir
productos adulterados. Muchos optan por hacerlo así, como lo muestra el
aumento de comercios dedicados a la venta de semillas e instrumentos
para su cultivo.
Han aparecido también asociaciones que la cultivan
colectiva y públicamente y la reparten entre sus socios, a menor precio
del que puede conseguirse en la calle. En Cantabria no existe a día de
hoy ninguna asociación de este tipo. La más próxima es Pannagh
(cannabis, en sánscrito), con sede en Bilbao. Entre sus socios se cuenta
gente que utiliza la marihuana con fines recreativos y enfermos de
cáncer, esclerosis múltiple, fibromialgia u otras dolencias, que la
emplean para paliar los efectos secundarios de la quimioterapia y
aliviar los síntomas de las enfermedades. La actividad de estas
asociaciones no tiene relevancia penal mientras no haya ánimo de lucro y
no promuevan el consumo, pero permanecen expuestas a incautaciones y
denuncias.
Sanciones administrativas
Pero los problemas más frecuentes de los consumidores
con la justicia se refieren a vulneraciones de la Ley sobre Protección
de la Seguridad Ciudadana (LPSC), que en su art. 25 castiga el consumo
en lugares públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera
destinada al tráfico (en cuyo caso constituiría infracción penal). La
policía puede abrir expediente sancionador por fumar marihuana en la vía
pública, o al encontrar una pequeña cantidad tras un cacheo o un
registro en el vehículo cuando se circula por carretera. Este tipo de
casos constituyen meras infracciones administrativas –no estamos ante un
procedimiento penal– por lo que no habrá fichas policiales, ni riesgo
de acabar en prisión o de contar con antecedentes penales. Pero la
cuantía de la multa suele ser elevada. Juan Carlos Pavón, de la
asociación Mano Verde, comenta que no suelen bajar de los 300 euros, por
cantidades irrisorias de cannabis (un gramo o menos). Por 30 gramos la
multa puede ascender a los 1200 euros.
Cuando la multa es recurrida, si se apuran los plazos,
presentando las alegaciones y recogiendo las cartas certificadas el
último día, en ocasiones puede darse su prescripción. También se han
ganado casos por defectos formales como falta de analítica de la
sustancia o de ratificación de la denuncia. No obstante, la mayor parte
de las multas suelen pagarse, si bien queda la opción, cuando la cuantía
es elevada, de someterse a un "tratamiento de deshabituación", lo que
servirá para levantar la sanción. La persona sancionada puede solicitar
un listado de Unidades de Conductas Adictivas (UCA) y acudir a la que
desee para recibir el tratamiento. Éste suele consistir en charlas con
el psicólogo y análisis de orina mensuales, lo que se suele prolongar
por espacio de seis meses o un año.
Respuestas políticas
Los partidarios de las medidas represivas vigentes
alegan que su supresión implicaría un aumento del consumo y un deterioro
de la salud pública. Sin embargo, no es eso lo que indican los datos
del Eurobarómetro.
Como es sabido, Holanda es el país europeo más
permisivo: la marihuana es fácilmente accesible y se tolera incluso la
venta minorista. El Eurobarómetro señala, además, que la percepción de
la población de los riesgos de la marihuana es mucho menor que en
España. Sin embargo, los datos referidos al consumo colocan a los
principales países europeos –entre ellos, España– por delante de
Holanda, tanto en lo que se refiere a la cantidad como a la edad de
inicio.
Los grupos antiprohibicionistas piden que el cultivo
personal o colectivo sea libre, fijándose un número máximo de plantas,
como en el caso del tabaco; que se autorice la venta en establecimientos
específicos, prohibiéndose únicamente la venta a menores; y que las
limitaciones al consumo en lugares públicos se equiparen a las del
tabaco. Piden asimismo campañas educativas y preventivas que
proporcionen al público una información completa y veraz.
Como cualquier sustancia psicoactiva o cualquier
medicamento, la marihuana no está exenta de riesgos ni de
contraindicaciones, pero exagerar los peligros y perseguir a los
consumidores en nada parece contribuir a proteger la salud pública.
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